Seleccione el tipo de asistencia que tendrá:
Este es el texto que aparecerá en su constancia, tal cual como se establezca aquí.
¿Desea facturar su registro?
En caso de requerir factura, es indispensable que se adjunte la constancia de situación fiscal, no mayor a 2 meses;
misma que debe subirse en el mes en el que se realiza el pago, de lo contrario no podrá emitirse la factura.
Al terminar su registro, deberá adjuntar su Constancia de Situación Fiscal (actualizada, no mayor a 2 meses) y la factura será expedida únicamente en el mes que sea recibido su pago.
Ingrese su RFC y Código Postal, si ya existe información en el sistema, esta se mostrará.